martes, 16 de agosto de 2011

La Constitución de 1978 y los derechos a un trabajo y a una vivienda digna.

 Cuando un ciudadano se ve discriminado por razón de sus creencias o ideología, cuando no se le permite reunirse pacíficamente o cuando se le niega la posibilidad de expresar públicamente sus opiniones, resulta obvio para todos que se le está negando el ejercicio de derechos reconocidos en la Constitución Española y que la persona afectada puede dirigirse a los Tribunales correspondientes para solicitar que se le permita ejercitar ese derecho concedido por la norma suprema del ordenamiento jurídico español.

En muchas ocasiones oímos hablar de que la Constitución reconoce los derechos al trabajo y a una vivienda digna para todos los ciudadanos, sin embargo, no nos encontramos con que los aproximadamente 83.000 desempleados que tiene Asturias o el gran número de personas que no pueden acceder a una vivienda digna estén acudiendo a los Tribunales de Justicia para poder hacer un uso efectivo de esos derechos. ¿ Cómo puede ser así? ¿ Es que lo que proclama la Constitución no debe ser cumplido por todas las Administraciones Públicas, las empresas y las personas físicas?

La respuesta es sencilla. El artículo 35 señala que “Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia”, y el artículo 47 indica que “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada", pero ninguno de los mismos forman parte de los denominados “Derechos fundamentales y libertades públicas”.
Dicho de forma clara, los “Derechos fundamentales y libertades públicas”, ( igualdad de trato, derecho de reunión y asociación, libertad de expresión, entre otros ) permiten acudir a los Tribunales de Justicia ordinarios para que se defienda su derecho y, si no se queda satisfecho, se puede acudir al Tribunal Constitucional mediante el recurso de amparo. Es decir, si a usted le discriminan en su empresa o le niegan una vivienda de protección oficial por su ideología, puede defenderse primero ante los Tribunales ordinarios y después llevar su caso ante el Constitucional. Pero usted puede preguntarse ¿ y si no tengo trabajo en ninguna empresa ni tengo acceso a una vivienda, qué sucede?
Respecto del derecho al trabajo, es uno de los llamados “Derechos y Libertades”, que obligan a los poderes públicos, que tienen que desarrollarse por Ley. Muy bien, ¿y eso qué significa para la persona que está en el paro? Pues nada, que con tal de que las leyes digan de palabra que favorecen el trabajo, ya está todo. La Constitución dice que si las cuestiones básicas de tipo laboral se regulan en leyes y estas normas no dicen cosas radicales contra su derecho a trabajar y los gobernantes no hacen nada que de forma extrema ataque a ese derecho, usted como desempleado no tiene nada que hacer. Olvídese de pedir un empleo por vía judicial.
Y, finalmente, el derecho a una vivienda digna, pues ni siquiera es un derecho, forma parte de los llamados “principios rectores de la política social y económica”; se trata en realidad de un "principio" que tiene como finalidad orientar la actuación de los poderes públicos. Es decir, que lo que hay, es poco más que un conjunto de buenos deseos que los poderes públicos deben cumplir a la hora de redactar Leyes y aplicarlas. ¿Y para la persona que no consigue esa vivienda digna para él y su familia? Pues aún menos que con el tema del trabajo digno, no se moleste en solicitar esa vivienda ante los Tribunales.
Ésta es la situación actual. La Constitución puede ser modificada de acuerdo a los procedimientos correspondientes, pero sin necesidad de dicha reforma, hay una solución mucho más efectiva a corto plazo y es exigir a los políticos dos cosas : 
1- redactar normas que garanticen de forma real y no sólo sobre el papel la efectividad de los derechos al trabajo y la vivienda 
2- cumplir esas normas protectoras de los ciudadanos. Dejar a un lado la demagogia fácil y actuar a favor de las personas y su calidad de vida. 
No parece pedir mucho. ¿ Verdad?
Kike. Avilés

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